A través del Fondo se promueve el acceso a programas de educación superior mediante la financiación de un (1) programa de pregrado por beneficiario en los niveles técnico profesional, tecnológico o profesional universitario, en modalidad presencial, virtual o distancia, a partir de cualquier periodo y por el tiempo de duración establecido en el registro calificado del programa académico a cursar. El beneficio se materializa en un crédito condonable entre un 70% y un 100%.
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SerƔn financiados con los recursos del FEST los postulantes egresados del sistema educativo de BogotƔ, es decir:
Egresados delĀ Sistema educativo oficial del Distrito
De los colegios e instituciones educativas distritales.Ā
De los colegios en administración del servicio educativo o en concesión.Ā
De los colegios privados que al momento de la obtención del tĆtulo de bachiller tenĆan convenio con la SecretarĆa de Educación del Distrito, siempre y cuando el estudiante haya sido beneficiario de la matrĆcula contratada del Distrito o en convenio.
Egresados delĀ Sistema educativo no oficial del Distrito
Los créditos que se otorgan a través del Fondo podrÔn cubrir formación en nivel técnico, tecnológico o universitario en programas de pregrado virtual, presencial o a distancia dirigidos a los egresados del sistema educativo de BogotÔ en instituciones de educación superior con registro calificado para ofertar el programa en la ciudad del BogotÔ.
La Financiación que se otorgue se realizarÔ por una (1) sola vez y corresponderÔ a un programa académico por beneficiario en el nivel y modalidad de formación escogido por el mismo y únicamente por el número de semestres definido para el programa en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (en adelante SNIES).
El Fondo financia los siguientes rubros y montos, de acuerdo con las condiciones socioeconómicas registradas en el momento de la inscripción por parte del aspirante, en concordancia con lo establecido en el Acuerdo 001 de 2020.
| Rubros financiados | ||
|---|---|---|
| Categoria | MatrĆcula | Textos, materiales de estudio y transporte (Sostenimiento) |
| Cualquier estrato con puntaje SISBEN menor o igual a 60 | Hasta 8 SMMLV | 1 SMMLV |
| Estrato 1, 2 y 3 sin SISBEN | ||
| Estrato 4, 5 y 6 sin SISBEN | Hasta 7 SMMLV | NA |
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Adicionalmente se financiarĆ” el 1% correspondiente a la prima de garantĆa. Este valor hace parte del crĆ©dito y serĆ” sujeto de condonación o reembolso, segĆŗn corresponda. Los montos girados concepto de sostenimiento harĆ”n parte total del crĆ©dito y serĆ”n sujetos de condonación o reembolso, segĆŗn corresponda.
El aspirante al crédito condonable podrÔ solicitar sostenimiento únicamente en el momento de realizar la inscripción de la convocatoria y solo si cumple los requisitos para su obtención.
El fondo no financia cursos de extensión, de nivelación, de vacaciones, de avance, o de cualquier naturaleza similar, ni materias, créditos o periodos académicos adicionales o perdidos por el beneficiario.
Los aspirantes a ser beneficiarios del crĆ©dito del FEST deberĆ”n cumplir con los siguientes requisitos mĆnimos:
Cumplir con alguna de las condiciones del presente numeral:
Ser estudiante y estar en último periodo académico de grado 11 en un colegio del sistema educativo de BogotÔ (Colegios Públicos, Distritales, en convenio o en administración y colegios privados).
Haber obtenido el tĆtulo de bachiller en una Institución del sistema educativo de BogotĆ” (Colegios PĆŗblicos, Distritales, en convenio o en administración y colegios privados), dentro de los diez (10) aƱos anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
Para los egresados y estudiantes de último año de colegios privados, debe haber cursado décimo y once en un colegio de BogotÔ.
Haber presentado la Prueba de Estado para acceso a la educación superior (Ley 30 de 1992) o estar en alguna de las causales previstas en el Decreto 532 de 2020.
Estar en proceso de admisión, haber sido admitido o cursando un programa en alguna de las Instituciones de Educación Superior aprobadas por el MEN que sean definidas en la convocatoria.
En caso de resultar adjudicatario del beneficio, el postulante deberÔ acreditar su admisión en la IES diligenciada en el formulario. En caso de que el proceso de admisión no resulte favorable el beneficio serÔ anulado. No se admiten cambios en la información. registrada en el formulario de inscripción.
Inscribirse a la convocatoria del FEST a travƩs de la herramienta definida para tal fin.
Contar con un deudor solidario aprobado, de acuerdo con las polĆticas que establezca el ICETEX para tal fin.
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No podrĆ”n ser beneficiarios del fondo aquellos estudiantes que hubieren sido beneficiarios de algĆŗn fondo de financiamiento para la educación superior de la SecretarĆa de Educación del Distrito.
Tener domicilio permanente en Colombia.
Tener capacidad legal para contraer obligaciones.
No ser deudor moroso de El ICETEX.
No ser deudor solidario de mƔs de dos beneficiarios ante El ICETEX.
No ser mayor de 65 aƱos al momento de legalizar el crƩdito.
Demostrar ingresos que permitan garantizar la deuda.
Si es pensionado, demostrar ingresos diferentes a los de la pensión.
Tener historial financiero y crediticio favorable.Ā
No estar reportado con calificación negativa en ninguna central de riesgo financiero.
Obtener un puntaje de calificación superior al mĆnimo establecido en el modelo de estudio adoptado por El ICETEX.
Las demƔs que El ICETEX considere necesario.
Tener domicilio permanente en el paĆs.
Tener capacidad legal para contraer obligaciones.
No ser deudor moroso de El ICETEX.
Contar con mÔs de dos años de constitución legal.
Demostrar un patrimonio neto superior a la obligación contraĆda.
Tener una duración igual o mayor a la vigencia del crédito educativo, incluido el periodo de amortización y tres años mÔs.
Tener autorización por parte de la Junta de Accionistas o de Socios, según la empresa, para servir como deudor solidario con monto mÔximo permitido.
Tener historial financiero y crediticio favorable.
Obtener un puntaje de calificación superior al mĆnimo establecido en el modelo de estudio adoptado por El ICETEX.
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