EL TIEMPO conoció el segundo borrador del proyecto de ley estatutaria con el que el Gobierno busca garantizar la educación, en sus diferentes niveles de formación, como un derecho fundamental. Se trata de un nuevo texto elaborado tras recibir sugerencias de diferentes actores tras la publicación de un primer borrador el pasado 20 de julio.
Cabe recordar que el Ministerio de Educación informó que la iniciativa será radicada ante el Congreso de la República el próximo 7 de septiembre
Este es uno de los principales proyectos legislativos de la cartera educativa, junto con la reforma a la Ley 30 de 1992 que regula la educación superior en Colombia, y al ser una ley estatutaria, de aprobarse tendría carácter constitucional.
El documento pretende que en Colombia sea reconocida la educación como derecho fundamental, lo que implica que el Estado deberá garantizar el acceso y la permanencia en el sistema educativo de todas las personas, es decir, de manera universal, con todas las implicaciones en términos de accesibilidad, asequibilidad, calidad, permanencia, pertinencia, equidad, y demás.

La ministra de Educación Aurora Vergara radicará el proyecto el 7 de septiembre.
Néstor Gómez. EL TIEMPO
De esta forma, lo que pretende el Ministerio es que todos los niños del país puedan acceder al colegio desde el grado prejardín (no como ocurre actualmente que aunque existe la oferta, solo es obligatorio desde transición). Lo mismo ocurre con la educación media (grados 10° y 11°), dado que actualmente la obligatoriedad va solo hasta grado 9°.
Y es que, aunque el país reconoce la Declaración Universal de Derechos Humanos, la educación legalmente es considerada como “un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social”, de acuerdo con el artículo 67 de la Constitución.
Así mismo, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y otras normativas posteriores establecen la necesidad de una ley estatutaria (norma al mismo nivel de la constitución) que establezca explícitamente a la educación como derecho fundamental, con sus implicaciones y alcances, a la fecha no existe dicha norma, por lo que se espera con este proyecto saldar esta deuda.
El nuevo articulado
Así las cosas, el último articulado conocido (es posible que este tenga algunas modificaciones antes de la radicación del proyecto), establece los derechos fundamentales a la educación inicial, básica, media y superior.
En este orden de ideas, pone en manos del Estado garantizar la universalización de estos derechos, e incluye dos novedades: En materia de educación inicial, establece los cursos prejardín y jardín (actualmente el país tiene una cobertura en estos niveles que ronda el 30 por ciento) y la obligatoriedad de los grados 10° y 11° (9° es el grado de mayor deserción en el país, dado que la obligatoriedad de la educación va hasta los 15 años actualmente, por lo que hay regiones e instituciones que ofertan hasta este nivel).
En el caso de la educación superior, se espera garantizar que todas las personas puedan acceder a los niveles técnico profesional, tecnológico y universitario, y pone la obligación al Estado de financiar y cubrir esta oferta de manera progresiva.
Así mismo, establece los plazos para que la garantía de estos derechos para todos tenga lugar. Así las cosas, se espera que en educación inicial el plazo sea de máximo cinco años, en básica (de 1° a 9°) sea de 10 años, en media (10° y 11°) de 5 años y en educación superior de 20 años.
Esto último teniendo en cuenta que la cobertura actual de la educación superior es del 53 por ciento, y que su ampliación requerirá enormes esfuerzos en infraestructura, capacidad instalada, docentes, etc.
Así mismo, el artículo 23 dice que “las instituciones de Educación Superior Oficiales destinarán un porcentaje mínimo del 20 por ciento de sus cupos para admisión de grupos tradicionalmente discriminados o marginados”.
Uno de los puntos llamativos del articulado, es que se establece textualmente que “en todas las modalidades y niveles educativos se fortalecerá las capacidades ciudadanas y socioemocionales a través de la educación física, el deporte, la recreación, las artes, las culturas y los saberes que busque la reconciliación nacional, el antirracismo, la paz y la acción climática”.
Y es que, aunque muchos de estos puntos son habituales en instituciones en las grandes ciudades, en las regiones así como en un enorme número de instituciones oficiales, no son temas obligatorios.
El texto también habla de mejorar las condiciones de la profesión docente, la educación para adultos y personas en condición de discapacidad, la ruralidad, grupos étnicos, entre otros.
Según explicó el Ministerio, al ser una ley estatutaria, la redacción del articulado no es muy específica respecto a mecanismos y acciones claras para garantizar dichos derechos. Por ello, el documento indica que “dentro de los 6 meses siguientes a la expedición de la presente Ley deberá expedirse un Decreto con fuerza de Ley que reglamente las rutas de materialización de estos plazos”.
REDACCIÓN EDUCACIÓN